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Asociación de Vecinos
San Nicasio
Avda. del Mar Mediterráneo,14 posterior

28913 Leganés (Madrid)

 

MOCIÓN AL AYUNTAMIENTO PLENO EN APLICACION DE LA LEY DE MEMORIA HISTORICA EN LEGANES

La Ley 52/2007, de 26 de Diciembre de 2007, por la que se reconocen y amplíam derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, en su Exposición de Motivos indica que ésta atiende a lo manifestado por la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados, que el 20 de Noviembre de 2002 aprobó por unanimidad una Proposición No de Ley en la reiteraba qeu <<Nadie puede sentirse legitimado, como ocurrió en el pasado, para utilizar la violencia con la finalidad de imponer sus convicciones políticas y establecer regímenes totalitarios, contrarios a la libertad y dignidad de todos los ciudadanos, lo que merece la condena y repulsa de nuestra sociedad democrática>>. La presente Ley ausme esta Declaración, así como la condena del franquismo contenida en el informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa firmado en París el 17 de Marzo de 2006, en el que se denunciaron las graves violaciones de Derechos Humanos cometida en España entre los años 1939 y 1975.

Por este motivo se establece una serie de medidas en relación con los símbolos y monumentos conmemorativos de la Guerra Civil o de la dictadura, sustentadas en el principio de evitar toda exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión ejercida por la dictadura, a través del artículo 15.

Artículo 15. Símbolos y monumentos públicos.
1. Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas.
2. Lo previsto en el apartado anterior no será de aplicaciones cuando las menciones sean de estricto recuerdo privado, sin exaltación de los enfrentados, o cuando concurran razones artísticas, arquitectónicas o artístico-religiosas protegidas por la Ley.
3. El Gobierno colaborará con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales en la elaboración de un catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y la Dictadura a los efectos previstos en el apartado anterior.
4. Las Administraciones públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de este artículo.

Tras dos años de la aprobación en las Cortes Generales de esta ley, el Ayuntamiento de Leganés continúa sin aplicarla. Consideramos que todas las instituciones públicas están obligadas a cumplir las leyes que éstas aprueban, por lo que pedimos al pleno nomenclatura y simbología fascitas, presentes en nuestro municipio.

Por todo ello, las entidades sociales, sindicales y políticas abajo firmantes, comprometidas con el cumplimiento del artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica, con los valores y principios democráticos y con la exigencia social, moral y legal de acabar con la presencia en nuestras calles y edificios públicos de toda simbología enaltecedora de la dictadura franquista, presentamos el siguiente manifiesto en forma de moción a nuestro ayuntamiento.

SOLICITAMOS

1. Que, por lo cauces reglamentarios, se eleve al Pleno Municipal un punto en el Orden del Día sobre el cambio de denominación de cuatro calles, una plaza pública y un edificio municipal; además de la retirada de los símbolos franquistas de las fachadas de los edificios de viviendas construidas por la " Delegación Nacional de Sindicatos", por el antiguo "Instituto Nacional de la vivienda" o por parte del "Ministerio de la Vivienda" del régimen franquista y de la menciones conmemorativas de exaltación personal, todo ello en aplicación del artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica, aprobada por las Cortes Generales al 26 de diciembre de 2007 y publicadas en el BOE nº 310, de 27 de Diciembre de 2007.

2. La retirada inmediata de los símbolos vinculados a la extinta dictadura franquista, la denominación de las calles: "General Aranda","Teniente General Muslera" y "Capitán Muro Durán", Plaza "Capitán Cortes" y la del Edificio "Ramiro de Maeztu".

3. Que la denominación que sustituya a la simbología fascita sea la denominación original que, en su caso, tenían las calles citadas anteriormente a la imposición de la dictadura tras el Golpe de Estado del 18 de Julio de 1936 y la toma de nuestra localidad por las tropas fascistas en noviembre del mismo año.En el caso de no existir tal denominación original sugerismo que sea, conforme a la ley, el pleno del Ayuntamiento al que apruebe una nueva denominación,libre de cualquier vinculación a un golpe de Estado contra un gobierno legalmente elegido.

DENOMINACIÓN ACTUAL

Capitán Muro Durán.
General Aranda.
Teniente General Muslera.
Mendiguchia Carriche.
Plaza del Capitán Cortés.
Edifición Ramiro de Maeztu.

DENOMINACION QUE PROPONEMOS

Costanilla de tovares.
Travesía de París
Torrubia.
La que considere el Ayuntamiento.
La que considere el Ayuntamiento.
La que considere el Ayuntamiento.

 

 

4. La retirada inmediata, por parte del Ayuntamiento, de todas las placas aún presentes enlos edificios de viviendas construidos por los organismos de las dictadura, anteriormente mencionadas, al incluir el símbolo fascista del yugo y las Flechas. En caso de que los propietarios se negasen, la Administración Local deberá obligar el cumplimiento de la normativa en primera instancia y contemplar, conforme a la citada ley, la retirada de subvenciones o ayudas públicas en caso de no acatarse.

5. La retirada inmediata del título de hijo adoptivo al teniente general Miguel Rodrigo Martínez concedido en octubre de 1961 por ser un integrante de alto rango militar al mando de las tropas sublevadas que ocuparon nuestro municipio.

FIRMADO:
Ateneo republicano de Leganés.
Asociación ciudadanos y ciudadanas por el cambio.
Federación local de Asociaciones de Vecinos de Leganés.